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Cierre fiscal: control de almacén

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Si su empresa comercializa productos y, por tanto, tiene existencias en almacén, debe prestar especial atención a las entradas y salidas de mercancías al final de un ejercicio y al principio del otro para no distorsionar el resultado. Por ejemplo, si no contabiliza la compra de una entrada de mercancías de 5.000 euros que se produjo en diciembre (porque todavía no dispone de factura), pero sí contabiliza el ingreso por variación de existencias, declarará más beneficio del debido.

En consecuencia, no basta con contabilizar las operaciones según las facturas disponibles. Si tiene salidas de almacén no facturadas o entradas por las que no ha recibido factura, deberá contabilizar igualmente las ventas y las compras en el año en el que se hayan producido:

  • Utilice las cuentas de clientes y proveedores por facturas pendientes de formalizar.

  • Las diferencias entre las entradas y salidas del almacén y las facturas pueden originarse también por mercancías en tránsito. Por ejemplo, cuando su empresa haya enviado mercancías que todavía no hayan llegado al cliente y que, en función de las condiciones de venta acordadas, todavía sean de su propiedad, o incluso cuando haya adquirido la propiedad de mercancías que a 31 de diciembre todavía no estén en su almacén.