MVA

Consolidación fiscal

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Mediante este régimen, las empresas de un mismo grupo tributan como si se tratase de una sola. De esta forma se consiguen beneficios de forma inmediata:

  • Las pérdidas de unas se compensan con los beneficios de otras en el mismo ejercicio (sin necesidad de esperar a que las sociedades que han generado pérdidas obtengan beneficios para poder compensarlas).

  • Incluso aunque no haya sociedades con pérdidas, este régimen sale a cuenta: prácticamente se elimina la obligación de documentar las operaciones vinculadas, no existe obligación de retener en las operaciones entre las empresas que forman el grupo, etc.

El grupo fiscal debe estar formado por una sociedad holding y todas las filiales en las que ésta participe de forma directa o indirecta en al menos el 75% de su capital. Y aunque de entrada no se cumpla este esquema de matriz-filiales (muchos empresarios participan directamente en diferentes sociedades, sin tener una holding), es posible realizar, sin coste fiscal, operaciones de reestructuración que permiten alcanzar dicho esquema.

Para que sea de aplicación este régimen en 2022, deben acordarlo todas y cada una de las sociedades que van a formar parte del grupo (deben hacerlo antes de final del ejercicio 2021). Y la sociedad dominante también debe comunicar la opción a Hacienda antes de final del presente ejercicio.