MVA

Declaración de operaciones con terceros

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Si durante el año 2021 su empresa efectuó operaciones con algún cliente o proveedor por importe superior a 3.005,06 euros en su conjunto (IVA incluido) y no está dada de alta en el sistema de Suministro Inmediato de Información, recuerde que a partir del próximo 1 de febrero deberá presentar el modelo 347. 

Tenga en cuenta que este modelo es utilizado por Hacienda para cruzar datos, de forma que lo declarado por su empresa como compras o ventas a un determinado proveedor o cliente coincida con lo que éstos declaran como ventas o compras a su empresa. Por tanto es importante que lo rellene correctamente. A estos efectos, tenga en cuenta lo siguiente:

  • No deberá incluir aquellas operaciones de las cuales Hacienda ya tiene información a través de otras declaraciones. Esto sucede, por ejemplo, con las operaciones sujetas a retención.

  • Salvo las excepciones que prevé la normativa, también deben declararse las operaciones en las que, aunque no se repercuta IVA, exista obligación de expedir factura (siempre y cuando superen los 3.005,06 euros).

Si está obligado a presentar el modelo 347, tiene de plazo para hacerlo hasta el próximo  28 de febrero de 2022.