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Impago de responsabilidad civil

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El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de amparo de un hombre que fue condenado a 6 meses de prisión al no haber podido abonar el pago de una multa que se le había impuesto en concepto de responsabilidad civil por la agresión a un agente de la autoridad.

Pese a ello, la sentencia fijaba la posibilidad de evitar la cárcel con una serie de condiciones: no delinquir en el citado plazo; realizar 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad y abonar la indemnización.

Sin embargo, la decisión de ejecutar la pena de prisión, se apoyó exclusivamente en el incumplimiento de la condición de abonar la responsabilidad civil.

El Tribunal Constitucional recuerda que la ley no anuda automáticamente esa consecuencia al incumplimiento del compromiso de pago, sino que exige comprobar la paralela capacidad económica para satisfacerlo, de manera que la suspensión de la pena no puede quedar condicionada al pago de una condena civil si no hay capacidad real para afrontar ese abono.

En definitiva, la estimación del recurso de amparo se fundamenta en apreciar que el recurrente no fue oído previa y personalmente antes de revocar la suspensión de la ejecución de la pena, momento que era oportuno para hacer valer sus circunstancias personales. Es necesario comprobar la capacidad económica para valorar la alternativa a la sanción.