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Pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades

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Si en 2022 el volumen de operaciones de su empresa no superó los seis millones de euros, durante este mes de febrero puede presentar un modelo 036 y elegir la modalidad de cálculo de los pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para el año 2023 (si no dice nada, en general le será de aplicación el mismo sistema que el año pasado).

 A la hora de decidir qué modalidad le conviene, recuerde:

  • Sistema de cuotas. Si opta por el “sistema de cuotas”, en los pagos a cuenta de abril, octubre y diciembre deberá satisfacer un 18% del importe de la cuota a ingresar de la última declaración presentada del Impuesto sobre Sociedades.

  • Sistema de bases. Si opta por el “sistema de bases”, al calcular los pagos a cuenta, en general, deberá aplicar un tipo del 17% sobre la base imponible acumulada del ejercicio en curso, pudiendo deducir del resultado obtenido las retenciones e ingresos a cuenta soportados y los pagos fraccionados previamente realizados.

Si su empresa facturó más de seis millones de euros en 2021, en 2022 tuvo que aplicar el sistema de bases de forma obligatoria. Pues bien si a causa de la crisis económica su cifra de negocios en 2022 ha disminuido por debajo de ese importe, salvo que solicite lo contrario, en 2023 le será aplicable el sistema de cuotas. Por tanto, si desea seguir aplicando el sistema de bases en 2023 (como en los años anteriores), deberá comunicarlo a Hacienda durante este mes de febrero a través del modelo 036.