Algunas retribuciones en especie están exentas en el IRPF de los perceptores, de forma que las empresas pueden utilizarlas para que éstos maximicen sus salarios netos o a la hora de ofrecer aumentos salariales (con estas retribuciones exentas, los empleados no soportan la retención que sí soportarían en caso de recibir esas sumas en metálico). Y algo parecido sucede con las aportaciones empresariales a los planes de pensiones de empresa: aunque los trabajadores deben computarlas en su IRPF, pueden aplicar una reducción que, en la práctica, tiene los mismos efectos que una exención fiscal.
En 2022 se han reducido las ventajas fiscales de los planes de pensiones individuales, pero se han potenciado las de los planes de empresa. Así:
- La aportación máxima a planes de pensiones individuales ha quedado reducida a 1.500 euros.
- No obstante, los planes de empresa se han potenciado, y en 2022 las aportaciones anuales a dichos planes con derecho a reducción pueden ser de hasta 10.000 euros.
- Si el trabajador realiza aportaciones a su plan de pensiones individual, las cuantías que aporte deben descontarse de dicho límite de 10.000 euros anuales. Así, si un trabajador aporta 1.500 euros a su plan individual (el máximo permitido), la aportación máxima al plan empresarial será de 8.500 euros.