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PRUEBA ILÍCITA. CORREO ELECTRÓNICO CORPORATIVO

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Confirma el Tribunal Supremo la exclusión del cuadro de prueba de los correos electrónicos corporativos ilícitamente obtenidos al entender que el acceso a los mismos fue desproporcionado y lesionó los derechos a la privacidad y a la intimidad de los empleados afectados.

La clara expectativa de privacidad que protegía a los empleados frente al acceso abusivo al contenido de sus comunicaciones mediante el correo electrónico corporativo, obligaba a que previamente se hubieran fijado con claridad y precisión las condiciones de acceso: quién, cómo, cuándo, por qué y con qué alcance.

Constatada la infracción del derecho fundamental, la regla de exclusión debe operar cuando los agentes infractores acceden ilícitamente a fuentes o medios de prueba con la finalidad de aprovecharse de su potencial valor incriminatorio.