Si va a hacer testamento y entre los bienes de su propiedad está su vivienda habitual, evite dejarla como legado a uno solo de sus hijos. A efectos fiscales, es mejor que la asigne a todos ellos de forma conjunta y que sean ellos quienes después se la adjudiquen como mejor les convenga.
De esta forma, al liquidar el Impuesto sobre Sucesiones, todos podrán aplicar una reducción del 95% del valor de la parte de la vivienda que se les asigne, con el límite para cada uno de ellos de 122.606,47 euros (límite que en muchas comunidades autónomas se ha incrementado):
- Esto es así incluso si a la hora de repartirse los bienes la vivienda habitual se la queda uno solo de sus hijos y los demás se quedan otros bienes (incluso si hay diferencias de valor y éstas se compensan con dinero).
- Por el contrario, si redacta un testamento y asigna la vivienda habitual a un heredero concreto, sólo será éste el que tendrá derecho a la reducción, por lo que en muchos casos aumentará la tributación global de sus hijos en el ISD.
- Esta regla es aplicable en la mayoría de las comunidades autónomas, aunque alguna de ellas puede establecer restricciones o incluso puede limitar la reducción sólo al heredero que se adjudique la vivienda.