En cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Control Tributario para 2022, Hacienda está poniendo el foco de sus investigaciones en la detección de empresas con vehículos utilizados para fines particulares por parte de los empleados y que no hayan sido declarados como retribución en especie a favor de éstos.
A estos efectos, ha iniciado una campaña de comunicaciones a empresas en las que les indica que tiene información sobre la existencia de vehículos de su propiedad o en leasing, detallando su marca, modelo y matrícula. Si recibe una comunicación de este tipo:
- Se trata de un mero aviso. No es un requerimiento de información ni el inicio de una comprobación o inspección, por lo que no debe contestarla, ni enviar documentación, ni justificar la afectación de los vehículos a la actividad.
- Eso sí, es muy probable que Hacienda inicie una comprobación más adelante, por lo que es recomendable que verifique que cumple las obligaciones fiscales que conllevan estas cesiones de vehículos.
A estos efectos, su empresa podrá deducirse los gastos de adquisición de los vehículos —tanto si los adquiere directamente o a través de leasing o renting— y también los de mantenimiento. Eso sí, deberá imputar una retribución en especie a favor de los trabajadores por el uso particular que éstos realicen. Dicha retribución en especie se cuantifica cada año en el 20% del precio de adquisición del vehículo, IVA e Impuesto de Matriculación incluidos (porcentaje que se puede reducir hasta el 14% si se trata de vehículos energéticamente eficientes).