Costes de adquisición
Si su empresa adquiere un activo (maquinaria, local, vehículo, etc.), debe contabilizarlo por el importe facturado por el proveedor (descontando las rebajas y descuentos) más todos los costes adicionales que soporte hasta que esté en condiciones de funcionamiento.
Los costes adicionales más habituales que deberá computar serán:
- Los gastos de transporte, fletes, comisiones y derechos arancelarios (en caso de que se haya producido una importación del activo).
- Los gastos de seguros, depósitos o custodia o los gastos de instalación y montaje.
- Los gastos con ocasión de las pruebas que se realicen para conseguir que el activo se encuentre en condiciones de funcionamiento.
Es importante que no contabilice estos costes adicionales como gasto del ejercicio en el que los soporte. En ese caso, su empresa estaría declarando un menor beneficio y, por tanto, reduciría su tributación por el Impuesto sobre Sociedades, lo que podría acarrear problemas con Hacienda. Al formar parte del valor de adquisición del activo, la empresa podrá deducirse estos costes vía amortización durante la vida útil del bien.
Otros gastos activables
Además de los costes adicionales existen otros, menos comunes, que hay que tener en cuenta y que también deben activarse. En primer lugar, se deben activar los gastos que su empresa prevea que va a soportar al final de la vida útil del inmovilizado por su desmantelamiento o retirada (especialmente, en caso de maquinaria compleja). A estos efectos, debe considerarse el valor actual de dichos gastos. Para ello, puede solicitarse un presupuesto del coste que supondría ahora el desmantelamiento y sumarlo al valor de adquisición.
Asimismo, si su empresa ha financiado la compra del activo y este va a tardar más de un año en estar en condiciones de funcionamiento, también deberá activar como mayor valor de adquisición los intereses devengados hasta ese momento (por ejemplo, si se adquiere una maquinaria compleja que debe ser instalada o sometida a pruebas). Los gastos financieros que deben imputarse son:
- Los derivados de la financiación específica del inmovilizado (por ejemplo, los intereses de un préstamo hipotecario destinado a la adquisición de una nave industrial).
- Los asociados a la financiación genérica imputables al activo (por ejemplo, los intereses de una línea de crédito, de la que se ha dispuesto una parte para adquirir el activo).
Ejemplo
Su empresa adquiere una nueva máquina y, antes de su entrada en funcionamiento (que se produce dos meses después de la compra), soporta los siguientes gastos relacionados con la compra:
Precio de compra: 200.000 euros
Transporte: 10.000 euros
Instalación: 6.000 euros
IVA (deducible): 45.360 euros
Intereses: 2.500 euros
Desmantelamiento: 850 euros
Pues bien, en este caso, deben activarse todas las partidas excepto el IVA deducible (que podrá compensarse con el IVA repercutido u obtener su devolución) y los intereses (que no son activables al haber entrado el activo en funcionamiento antes de un año desde su compra), por lo que el valor de adquisición es de 216.850 euros.