Recientemente se ha publicado la orden que desarrolla para 2022 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA (el denominado “régimen de módulos”). Pues bien:
- Si usted tributa en el régimen de módulos, sepa que, al igual que este año, en 2022 también podrá reducir el rendimiento neto de su actividad a declarar en su IRPF en un 5% por el simple hecho de estar acogido a dicho régimen.
- Por otro lado, si desea renunciar al régimen de módulos para 2022 o revocar una renuncia previa, puede hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2021 presentando una declaración censal.
No obstante, recuerde que también puede renunciar al régimen de módulos de forma tácita presentando la declaración del IVA del primer trimestre de 2022 en régimen general (modelo 303) y el pago a cuenta del IRPF en estimación directa (modelo 130).
Por otro lado, sepa que el proyecto de Presupuestos Generales del Estado que se está tramitando prevé que, para poder aplicar el régimen de módulos en 2022, se mantengan los límites de ventas y compras existentes para 2021.
Concepto (1)
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Límite
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Ventas totales
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250.000
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Ventas a empresarios
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125.000
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Compras (no inmovilizados)
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250.000
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1. Volumen de operaciones del año anterior.
Pulse aquí para descargar la orden que aprueba los módulos para 2022